Ubicación Principal
Playa Mansa, Maldonado
Detalles de la Propiedad
•
Tipo de Propiedad
Terreno
•
Estado
•
Baños
1
•
Año de Construcción
•
Dormitorios
Monoambiente
•
Distancia al Mar
•
Vista al Mar
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Garajes
•
Financiación
•
Orientación
No aplica
•
M² del terreno
3.550 m2
•
Barrio Privado
•
Referencia
ACEB2C
•
Sobre
No aplica
•
Zona
Playa Mansa
•
Disposición
No aplica
•
Acepta permuta
•
Vivienda Social
•
Apto para Oficina
No
Descripción
Terreno de 3.550 m2 que actualmente cuenta con una casa de 623 m2 edificados. El mismo tiene 49,38 metros de frente con 72 metros de profundidad y 49,30 metros de fondo. Apto para edificar 2 bloques de apartamentos.
Detallamos a continuación normativa de la zona para dicho padrón:
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.213
VOLUMEN V
TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE
LIBRO II
PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN
PARTE
LEGISLATIVA
TÍTULO II
Región Maldonado - Punta del Este
CAPÍTULO IV
Sector 3 - Balneario
SECC. ÚNICA
Artículo D.213
Subzona 3.1.2.
a) Límites: Está definida por la poligonal:
Edgardo Genta desde Rambla Costanera hasta Camino de la Laguna;
Ñapindá desde Camino de la Laguna hasta Ñangaripé
Ñangaripé desde Ñapindá hasta -a través de su prolongación Avda. España
Límite de la zona Maldonado, hasta el Bvar. Artigas.
Bvar. Artigas desde Cachimba del Rey hasta la calle Azotea;
Calle Azotea desde Bvar. Artigas hasta calle Mercedes,
Calle Mercedes desde Azotea hasta Mar del Coral
Calle Mar del Coral desde Mercedes hasta Mar Negro
Calle Mar Negro desde Mar del Coral hasta Martiniano Chiossi
Martiniano Chiossi desde Mar Negro hasta República Argentina;
República Argentina desde Martiniano Chiossi hasta Rambla C. Williman;
Rambla Costanera Claudio Williman desde Rep. Argentina hasta Edgardo Genta.
b) Normas especiales: No se autorizan bloques medios ni altos.
c) Dimensiones mínimas de predios:
- Bloques bajos: área 1200 m2. y frente 30 mts.
- Conjuntos de bloques bajos: 900 m2.por bloque y 30 mts. de frente.
- Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2 por unidad o par.
d) Retiros mínimos:
frontales:
- bloques bajos: 6 mts.
- unidades aisladas o apareadas: 4 mts.
bilaterales:
- bloques bajos: 3 mts., debiendo la suma promedial de los laterales superar 8 mts..
- unidades aisladas o apareadas: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts..
de fondo:
- bloques bajos: 4 mts..
- unidades aisladas o apareadas: 3 mts..
e) Altura máxima:
- bloques bajos: 9 mts. (PB + 2PA)
- unidades aisladas o apareadas: 7 mts. (PB + PA)
f) Ocupación: Bloques bajos:
F.O.S SS.: 40%
F.O.S.: 20%
F.O.S.V: 60%
F.O.T.: 60%
Las unidades locativas aisladas o apareadas se rigen por la norma general de ocupación de la zona 3.1 Barrio Jardín.
g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts. excepto en los bloques bajos que pueden llegar a 2mts..
Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3718 de ***Artículo 211
Referencia Interna : Tera-363
Detallamos a continuación normativa de la zona para dicho padrón:
Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.213
VOLUMEN V
TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE
LIBRO II
PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN
PARTE
LEGISLATIVA
TÍTULO II
Región Maldonado - Punta del Este
CAPÍTULO IV
Sector 3 - Balneario
SECC. ÚNICA
Artículo D.213
Subzona 3.1.2.
a) Límites: Está definida por la poligonal:
Edgardo Genta desde Rambla Costanera hasta Camino de la Laguna;
Ñapindá desde Camino de la Laguna hasta Ñangaripé
Ñangaripé desde Ñapindá hasta -a través de su prolongación Avda. España
Límite de la zona Maldonado, hasta el Bvar. Artigas.
Bvar. Artigas desde Cachimba del Rey hasta la calle Azotea;
Calle Azotea desde Bvar. Artigas hasta calle Mercedes,
Calle Mercedes desde Azotea hasta Mar del Coral
Calle Mar del Coral desde Mercedes hasta Mar Negro
Calle Mar Negro desde Mar del Coral hasta Martiniano Chiossi
Martiniano Chiossi desde Mar Negro hasta República Argentina;
República Argentina desde Martiniano Chiossi hasta Rambla C. Williman;
Rambla Costanera Claudio Williman desde Rep. Argentina hasta Edgardo Genta.
b) Normas especiales: No se autorizan bloques medios ni altos.
c) Dimensiones mínimas de predios:
- Bloques bajos: área 1200 m2. y frente 30 mts.
- Conjuntos de bloques bajos: 900 m2.por bloque y 30 mts. de frente.
- Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 600 m2 por unidad o par.
d) Retiros mínimos:
frontales:
- bloques bajos: 6 mts.
- unidades aisladas o apareadas: 4 mts.
bilaterales:
- bloques bajos: 3 mts., debiendo la suma promedial de los laterales superar 8 mts..
- unidades aisladas o apareadas: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts..
de fondo:
- bloques bajos: 4 mts..
- unidades aisladas o apareadas: 3 mts..
e) Altura máxima:
- bloques bajos: 9 mts. (PB + 2PA)
- unidades aisladas o apareadas: 7 mts. (PB + PA)
f) Ocupación: Bloques bajos:
F.O.S SS.: 40%
F.O.S.: 20%
F.O.S.V: 60%
F.O.T.: 60%
Las unidades locativas aisladas o apareadas se rigen por la norma general de ocupación de la zona 3.1 Barrio Jardín.
g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts. excepto en los bloques bajos que pueden llegar a 2mts..
Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3718 de ***Artículo 211
Referencia Interna : Tera-363

Wynter Inmobiliaria Mvd
27118



