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Venta de Terrenos en Punta del Este página 3

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U$S 270.000

Terreno en Playa Mansa, Maldonado

Terreno - playa mansa

Lote 1, 1146 m2 VERAMANSA es un complejo de viviendas desarrollado en 15 hectáreas, ubicado en el lugar exacto entre la calma y todas las atracciones, lugar único donde el mar, bosque y lagunas conviven con el más alto standard de calidad y seguridad, donde el sol, playa y atardeceres se unen para crear un lugar para quedarse.Consiste en 16 edificios de 2, 3 y 4 dormitorios en suite, con vista al mar, el bosque, las lagunas y la península, que cuentan con parrilla propia en una amplia terraza y chimenea en el living. Está ubicado estratégicamente en la laguna del Diario, sobre la Parada 42 y medio de la Mansa.El complejo posee un conjunto de piscinas con vista al mar, una descubierta, otra cuberta climatizada y una más para niños; bar en piscina; SPA con sauna, baño turco, hidromasajes; ducha escocesa que se conecta con el gimnasio y la piscina cubierta; Parador con acceso directo desde el complejo a través de un túnel directo a la playa; cerramiento perimetral y vigilancia las 24 hs; microcine con la posibilidad de convertirse en SUM; salón con WIFI; Club House junto al resto-bar del complejo; Kisd Club y juegos infantiles al aire libre; lagunas interiores para actividad acuáticas; quinchos con capacidad para 40 personas equipados con parrillas y horno de barro; servicio de transporte privado a la Península; circuito aeróbico de 200 mts; jaula de golf; canchas de tenis, fútbol 7 y de multiusos.CPN0308 LA4816468.

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U$S 3.500.000

Terreno en Aidy Grill, Maldonado
2871

Terreno de 2.871 m2

Excelente terreno en zona de amplio crecimiento que cuenta con 2.871 m2 conformado por 3 padrones. El mismo se encuentra a 2 cuadras del mar y próximo a la Península. Tiene un FOSS del 40% y un FOT del 370% Se puede llegar a construir PB + 15 pisos compuesto por planta baja y plantas altas de 10.622 ,70 m2, Subsuelo 1.148,40 m2 lo que da un total de 11.771,10 m2, lo que daría una incidencia de U$S 297,33.- Este terreno está comprendido en la zona 1.3.2 de La Pastora según normativa. Transcribimos normativa de la zona: Artículo D.190.- Zona 1.3. La Pastora. a) Límites: Comprende el área limitada por Avda. Pedragosa Sierra, desde Rbla. Costanera Dr. Claudio Williman hasta Avda. F.D. Roosevelt; ésta, desde Avda. Pedragosa Sierra hasta Rbla. Costanera Lorenzo Batlle Pacheco; ésta, desde Avda. F.D. Roosevelt hasta calle Nro 32; ésta, desde Rbla. Costanera Lorenzo Batlle Pacheco hasta Rbla. Costanera Dr. Claudio Williman y ésta, desde calle Nro 32, hasta Avda Pedragosa Sierra, sin perjuicio de los solares frentistas a Vías Residenciales Comerciales. Están comprendidos en esta Zona, todos los solares pertenecientes a las manzanas catastrales que integran la poligonal definida por arterias mencionadas y por aquellos solares con frente a la Avda. Pedragosa Sierra. b) Divisiones.- Esta zona se divide en dos Subzonas: Subzona 1.3.1. Costaneras y Subzona 1.3.2. resto del Sector y dos Vías Residenciales comerciales. Estarán comprendidas en la Subzona 1.3.2. aquellos solares que se encuentren ubicados fuera de una faja de 100 metros de ancho, medidos a partir de la línea de propiedad correspondiente a los predios con frente a las Ramblas Costaneras Lorenzo Batlle Pacheco y Dr. Claudio Williman. c) Normas Especiales. c.1.) En los Bloques medios y altos, incluidos sus balcones, salientes y terrazas, la proyección total de su volumen desde planta baja, deberá inscribirse en una circunferencia cuyo diámetro máximo será de 42.50 metros lineales. c.2.) En un mismo padrón resultarán viables más de un programa arquitectónico, siempre y cuando cada uno de ellos cumpla con los parámetros establecidos en las presentes normas y la separación entre sí de los volúmenes, sea Mayor o igual a los 27 de la suma de las alturas de las edificaciones respectivas. c.3.) los parámetros básicos establecidos en el Cuadro Normativo Nro. 3 para los valores comprendidos entre Bloques Medios y Altos, resultarán factibles de interpolar, en referencia a la superficie del solar respectivo, cuando tenga una superficie Mayor a 2.000 metros cuadrados y menor al máximo correspondiente al programa de bloque alto, según la Subzona a la que pertenezca. c. 4.) La altura máxima admitida para la zona 1.3.2. será de 63 m. medida al nivel exterior de la losa superior del último nivel habitable. d) Retiros Mínimos. Sin perjuicio de los mínimos establecidos en el Cuadro normativo Nro. 3, todos los bloques Medios que por aplicación del inciso previo, su altura resulte Mayor a 28 metros lineales (Art. D.154) deberán cumplir con un retiro frontal mínimo de 10 metros lineales en todos los casos y con 27H en los retiros laterales y de fondo. e) En todas las situaciones el FOS. Verde mínimo resultara el 70% del suelo, salvo en los predios con actividad comercial frentistas a las Vías Residenciales Comerciales, debitado el FOS autorizado. Cuando la ocupación de subsuelo utilice un área compartida con el suelo destinado a FOS. Verde, la propuesta aportará detalles técnicos que aseguren la permanencia del destino establecido para el cumplimiento de la norma. f) Salientes y Cuerpos Salientes.- Para los programas de bloques sin perjuicio de lo dispuesto en el Apartado C.1. y lo establecido en el Art. 164º de las presentes disposiciones, no se computarán en el FOS ni el FOT, aquellos volúmenes en voladizo sobre planta baja, cuando ? en cada nivel ? su superficie no resulte Mayor a 90 metros cuadrados. Asimismo, la ocupación volumétrica de dichas salientes o cuerpos salientes debe ser menor o igual al 10% del volumen de la planta respectiva. La profundidad máxima de las salientes será: - Para bloques bajos: 2m sobre retiro frontal - Para bloques medios: 2m sobre retiro frontal y 1.50m sobre los retiros laterales y de fondo. g) Acondicionamiento.- En toda la zona cuando existan comercios en planta baja, deberá librarse al uso público la faja correspondiente a su desarrollo frontal. Cuando no existan actividades comerciales, los retiros serán en todos los casos enjardinados y computables en el FOS. Verde. h) FOS SS: en el subsuelo se podrá ocupar un 80% del área total, con pozo absorbente de 2 m3. cada 100 mc. de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación. Fuente: Decreto Junta Departamental 3903 de 25 de Setiembre de 2012 Artículo 1. Observación: Ver disposiciones sobre Retorno por Mayor valor en Decreto Departamental ***y ***. Referencia Interna : Tera-967

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U$S 351.322

Terreno en Golf, Maldonado
1030

Aura barrio privado. desde u$s 341 el m2 hasta u$s 805 el m2.

BARRIO CERRADO EXCLUSIVO EN EL GOLF PARADA 20 PLAYA BRAVA SOBRE EL CAMPO DE GOLF UNA PROPUESTA ÚNICA Aura es el único barrio cerrado lindero al Cantegril Golf Club, donde se combinan naturaleza, seguridad y cercanía con todo lo necesario para vivir una vida tranquila en familia. Es la oportunidad de invertir en uno de los barrios más exclusivos de Punta del Este, con vías de acceso inmejorables para la vida cotidiana. Cerca de los colegios, la playa y los centros comerciales. Cuenta con un sofisticado sistema de seguridad, amenities, programa de sustentabilidad, parador y servicio de playa. Se trata de 27 hectáreas con vistas a las lagunas naturalizadas, al bosque y al golf. Aura propone 142 lotes desde 1.000 m2 divididos en tres áreas estratégicas. Club house Canchas de tenis y pádel Zona kids 3 piscinas Gimnasio Parador exclusivo y servicio de playa Único e inigualable EL PROYECTO: El renombrado estudio Pacífica ha planificado el diseño urbano de Aura, como así también las áreas comunes, apelando a líneas y materiales orgánicos que vinculan al desarrollo con su esencia: que construyas tu casa anhelada y proyectes un estilo de vida seguro, en un entorno natural sustentable y con todos los servicios. PARADOR AURA: El Parador AURA Beach Club, ofrece un exclusivo servicio de playa para residentes. Además, cuenta con un bar y restaurante de tapas a cargo del reconocido chef Alan Solniki. Encontralo en Rbla. Lorenzo Batlle Pacheco, Parada 22, a tan solo 2 minutos de AURA. Conectarse con la naturaleza, es de las mayores satisfacciones y expresiones de una vida placentera. Aura te propone sumergirte en una frondosa y centenaria arboleda de especies, entre tres lagunas naturalizadas y en una comunidad sustentable en pos del cuidado del medio ambiente y la biodiversidad. Es la oportunidad de invertir en el barrio más exclusivo de Punta del Este, cerca de todo y en un entorno natural único. Te permite resolver lo esencial para tu vida gracias a sus amenities, que invitan a la actividad deportiva, social y de esparcimiento. El sueño de vivir en un ECOSISTEMA ÚNICO con lagunas naturalizadas. En Aura, tres espejos de agua se regeneran para crear espacios de dispersión e integración con la naturaleza a través de un sistema de ingeniería de vanguardia. Minimización del riesgo de filtraciones a los suelos, desbordes y alteraciones ante cambios climáticos. Instalación de la contención de agua por membranas. Control de fauna y flora. Aguas cristalinas y salubres, sin olor. SUSTENTABILIDAD: El desarrollo incluye un programa de sustentabilidad para la preservación de la biodiversidad y la protección del medio ambiente: Soterramiento de tendidos e infraestructura Tratamiento de residuos Saneamiento de red Medición y balance de emisiones Utilización de energías renovables Referencia Interna : Tera-39312

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